N.º 03/2026 — 45 días para reclamar lo decomisado
El presidente de la Comisión de Asuntos Hacendarios propuso que la mercancía decomisada o retenida caiga en abandono a los 45 días si no se paga la obligación aduanera ni se tramita su destinación, y el Plenario rechazó la dispensa de trámite para condonar las deudas del marchamo.
En breve
- La mercancía decomisada o retenida caería en abandono a los 45 días si no se paga la obligación aduanera ni se tramita su destinación.
- Dispensa de trámite para condonar el marchamo, rechazada por 29 votos contra 20: el 25.630 sigue por la vía ordinaria.
- La colegiatura sería voluntaria, salvo en salud, derecho y algunas ingenierías; la contaduría pública no está entre las excepciones.

