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N.º 03/2026 — 45 días para reclamar lo decomisado

N.º 03/2026 — 45 días para reclamar lo decomisado

El presidente de la Comisión de Asuntos Hacendarios propuso que la mercancía decomisada o retenida caiga en abandono a los 45 días si no se paga la obligación aduanera ni se tramita su destinación, y el Plenario rechazó la dispensa de trámite para condonar las deudas del marchamo.

En breve

  • La mercancía decomisada o retenida caería en abandono a los 45 días si no se paga la obligación aduanera ni se tramita su destinación.
  • Dispensa de trámite para condonar el marchamo, rechazada por 29 votos contra 20: el 25.630 sigue por la vía ordinaria.
  • La colegiatura sería voluntaria, salvo en salud, derecho y algunas ingenierías; la contaduría pública no está entre las excepciones.
Página 1 de 2 del Flash Tributario N.º 03/2026 de G&P Asociados
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